Reclamo de Vacaciones No Pagadas en RD (2026)
Si terminaste tu trabajo y la empresa no te pagó tus vacaciones acumuladas, tienes derecho a reclamar ese dinero por ley. Muchos empleadores omiten este pago o calculan menos días de los que corresponden.
⚖️ Base Legal Directa
Este derecho está respaldado por los Artículos 177 y 181 del Código de Trabajo de la República Dominicana, que obligan al empleador a pagar las vacaciones no disfrutadas cuando finaliza el contrato laboral, sin importar la causa de salida.
ℹ️ Si además de las vacaciones te deben otros pagos, revisa nuestra guía sobre Reclamos de Pagos Laborales en RD.
¿Cuándo te deben pagar las vacaciones?
- Cuando renuncias voluntariamente (Derecho Adquirido).
- Cuando te despiden (Justificado o Injustificado).
- Cuando termina un contrato temporal.
- Cuando nunca tomaste tus vacaciones acumuladas durante el año.
🧮 Calculadora de Vacaciones Pendientes
Normalmente son 14 días (si tienes < 5 años) o 18 días (si tienes > 5 años).
Tiempo límite para reclamar
⚠️ Tienes 1 año desde la terminación del contrato para reclamar judicialmente tus vacaciones no pagadas. Después de ese plazo, el derecho prescribe.
Si la empresa te pide firmar un descargo («recibí todo conforme») sin haberte entregado el cheque o transferencia, NO FIRMES. Ese papel podría usarse para anular tu reclamo.
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